Valores del Santander
Afectados por los Valores del Banco Santander
En Aliter Abogados trabajamos con eficiencia en reclamaciones legales, para la restitución del importe invertido en los Valores Santander.
Los afectados por este tipo de acciones, reciben con nuestra tramitación el total de lo invertido y la correspondiente indemnización. La comercialización del Banco Santander se llevó a cabo en 2007, en forma de depósitos que el cliente podía adquirir. La entidad por su parte ofreció un 7,5% durante el primer año. Esta transacción no era más que una venta de acciones bancarias con un precio de 16,5 € por cada una. La cotización se fijó en el momento en que se vendieron y con un máximo de cinco años. Estas características hicieron imposible, que los inversores pudieran recuperar el importe total que habían invertido en su compra.
Las personas de más edad generalmente con un criterio conservador en cuanto a su economía personal, fueron quienes compraron mayoritariamente al considerar la rentabilidad inicial del 7,5%. En su mayoría estos inversores estaban seguros de estar capitalizando sus activos. Pensaban que era una forma fiable de depositar sus ahorros y reservaron sus productos verbalmente. Fueron asesorados por los empleados bancarios, quienes les explicaron el beneficio que significaba comprar estos Valores Santander, pero sin tener acceso a ningún folleto explicativo que más tarde se depositó en la Comisión del Mercado de Valores.
El Banco obtuvo 7.000 millones de euros en el corto lapso de 14 días en 2007, entre los meses de septiembre y octubre, colocando estas acciones conocidas como valores. El riesgo de este producto según entendemos en Aliter Abogados se fundamenta en tres aspectos importantes, que son:
-Intereses: porque las ganancias que se expusieron al comprador en el momento de la venta, serían abonadas solamente si existía beneficio distribuible.
-Mercado: la cotización de estos títulos dependería de las condiciones del mercado, con el riesgo de pérdida que conlleva, que se encuentren por debajo de lo que se conoce como valor nominal, representando un perjuicio para los inversores.
-Banco: siendo el emisor de estas acciones existía el riesgo de insolvencia de la entidad.
El emisor por lo tanto debería haber previsto ante estos riesgos considerables, estudiar los perfiles de los compradores de sus Valores Santander. Esta consideración es fundamental porque se entiende, que el banco no debería haber vendido estos títulos a particulares. Se demuestra que la falta de conocimientos financieros de los clientes, sumada a la idea de no arriesgar sus ahorros realizando inversiones complejas, es suficiente para determinar la nulidad de este tipo de ventas.
Recomendaciones a los afectados por los Valores
Desde Aliter Abogados recomendamos a las personas afectadas, consultar con profesionales expertos para determinar las mejores acciones a seguir en cada caso. Nuestros abogados han conseguido en sede judicial, que este tipo de contratos de compraventa fuesen declarados nulos. Hemos alegado la falta de estudio exhaustivo del perfil de los clientes que adquirieron estos Valores Santander y que no fueron oportunamente informados sobre los posibles riesgos antes de su compra. Planteamos la demanda civil correspondiente y solicitamos al juez la nulidad contractual, ante lo cual, los tenedores de estas acciones recuperan la inversión en su totalidad con las indemnizaciones debidas.
Nuestro equipo de abogados se fundamenta para presentar las reclamaciones de los afectados, en elementos importantes sobre los cuales ya se ha pronunciado el Tribunal Superior, entre los más destacados:
- Pérdidas por el canje de Valores Santander: la compra de estos activos ha generado entre los tenedores un 55% de pérdidas, por acciones del banco. Por su parte el canje realizado por la entidad, ha permitido a la misma recibir un 16% de comisiones.
- Obligación de canje: los titulares se vieron obligados al canje cinco años después de la emisión de estos valores. La entidad en octubre de 2012, obligaba a convertirlos en bonos con el 55% del importe total perdido, por parte de los accionistas.
- Falta de conocimiento: un aspecto destacado que se considera en juicio, debido a que los clientes del banco no sabían en concreto qué clase de producto estaban comprando. Entre los años 2007 y 2008, quienes adquirieron los títulos fueron engañados, para comprar bajo la apariencia de bonos garantizados. Se expusieron como valores rentables con un índice de ganancia del 7,5%, captando la atención de la clientela con esta propuesta.
-Manipulación de producto bancario: la justicia considera que no existió una información adecuada a los clientes antes de la venta, por lo cual, la opacidad de estas acciones además de la falta de documentación, son considerados como manipulación a favor del emisor. Elementos importantes que son un claro ejemplo de la forma de comercialización de estos Valores Santander.
- Eroski y Fagor: el Santander además vendió a los jubilados las aportaciones de estas dos grandes marcas. Sucedió en 2007 cuando se ofrecieron los conocidos títulos y las aportaciones correspondientes a Fagor y Eroski. Ambos productos se ofrecieron de forma conjunta a los muchos clientes, que se vieron engañados en esta adquisición.
- Rentabilización del Santander: el banco logró colocar estos valores a 129.000 clientes, ganando con ello 7.000 millones. Formularon de forma deliberada una propuesta engañosa, buscando sufragar los gastos de la compra de Fortis, The Royal Bank of Scotland Group y
ABN Amor. Esto fue posible convirtiendo al cliente en financiador, por medio de estos valores.
-Nulidad de venta: la falta de conocimiento sumado a otros factores de peso, conducen a la nulidad declarada por la justicia respecto a estos productos. Demandando a través de Aliter Abogados al banco, es posible la devolución del importe total a los afectados.
Acuerdos extrajudiciales:
El aumento de las querellas judiciales por parte de los titulares de estas acciones, es la causa de los acuerdos que propone el Banco Santander. La falta de pruebas de la entidad respecto a los folletos explicativos y otro tipo de información que debió en su momento proporcionar al comprador, es la razón principal para buscar los acuerdos extrajudiciales. El Tribunal al declarar la nulidad de estos contratos, ha obtenido un flujo masivo de demandantes, ante lo cual el banco prefiere llegar a un acuerdo con el cliente afectado.
Valores Santander y Audiencia Nacional:
Ante la envergadura de estos casos y la especulación demostrada por parte de la entidad, el asunto ha pasado a la Audiencia para su consideración. Los recursos de apelaciones contra el Santander, por vender un producto especulativo de alto riesgo entre personas de 70 y 80 años sin información óptima, son razón suficiente para el pronunciamiento a favor que emitió la Audiencia Nacional, ordenando el reintegro de la venta a la entidad. Se comprobó también el verdadero objetivo del bando que buscaba con estas ganancias financiar la compra de ABN AMOR (Banco Holandés).
–Demandas: el incremento de los clientes que reclamaron en 2012 la devolución en los juzgados, ha sido un factor clave. La primera sentencia a favor de los titulares de estos Valores Santander ha originado un increíble aumento de las demandas, en todos los juzgados españoles. Desde la fecha de esta resolución en Alicante se ha dado inicio una imparable cascada de pleitos.
–Indemnización: la forma de recuperar el monto del dinero que se ha invertido, es la presentación de las demandas ante los juzgados que tramita con celeridad Aliter Abogados. Ganando el juicio se obtiene también la correspondiente indemnización por daños y perjuicios.
–Resoluciones positivas: esta intensificación de las querellas ha sido muy beneficiosa, para poder recuperar el dinero que se invirtió en estos títulos. Los afectados están obteniendo sentencias a favor y reciben el pago de sus valores, más la indemnización.
Las sentencias ya ganadas por Aliter Abogados donde se declara la nulidad de estas ventas, son la mejor garantía de éxito en la presentación judicial. Recuperar el dinero es posible, con la intervención de profesionales con amplia experiencia y reconocida trayectoria. Las personas interesadas pueden contactar por teléfono o por correo electrónico, para asesorarse sobre las distintas alternativas legales y procesales que ofrecemos.
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